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Bajo la sección 30D(a), existe un crédito disponible para los autos y camiones que tengan al menos cuatro ruedas y un peso bruto de menos de 14,000 libras y que deriven su energía de una batería que tenga al menos 4 kilovatios/hora y que pueda recargarse de una fuente externa si se compró después del 31/12/2009 y se puso en uso durante el año tributario. El crédito varía entre $2,500 and $7,500, dependiendo de la capacidad de la batería. El crédito comienza a desaparecer gradualmente para el fabricante, cuando este vende 200,000 vehículos que califiquen.
Bajo la sección 30D(g), existe un crédito disponible para un vehículo de 2 o 3 ruedas que derive su energía de una batería que tenga al menos 2.5 kilovatios/hora y que pueda recargarse de una fuente externa. El vehículo tiene que haberse adquirido después del 31/12/2011 y antes del 1/1/2014 y haberse puesto en uso durante el año tributario. El crédito es el 10% del precio de compra del vehículo, con un crédito máximo de $2,500.
Más información
Crédito por vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica (IRC 30D) (en inglés)
Formularios relacionados
El crédito bajo la sección 30D(a), se reclama en el Formulario 8936, Qualified Plug-in Electric Drive Motor Vehicle Credit (PDF) (Crédito por vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica que califiquen (Incluye vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica de dos o tres ruedas, que califiquen), en inglés.
El crédito bajo la sección 30D(g), se reclama en el Formulario 8834, Qualified Plug-in Electric and Electric Vehicle Credit (PDF) (Crédito por vehículos eléctricos y vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica que califiquen), en inglés.