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Bajo la sección 30D(a), existe un crédito disponible para los autos y camiones que tengan al menos cuatro ruedas y un peso bruto de menos de 14,000 libras y que deriven su energía de una batería que tenga al menos 4 kilovatios/hora y que pueda recargarse de una fuente externa si se compró después del 31/12/2009 y se puso en uso durante el año tributario. El crédito varía entre $2,500 and $7,500, dependiendo de la capacidad de la batería. El crédito comienza a desaparecer gradualmente para el fabricante, cuando este vende 200,000 vehículos que califiquen.
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Bajo la sección 30D(g), existe un crédito disponible para un vehículo de 2 o 3 ruedas que derive su energía de una batería que tenga al menos 2.5 kilovatios/hora y que pueda recargarse de una fuente externa. El vehículo tiene que haberse adquirido después del 31/12/2011 y antes del 1/1/2014 y haberse puesto en uso durante el año tributario. El crédito es el 10% del precio de compra del vehículo, con un crédito máximo de $2,500.
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Más información
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Crédito por vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica (IRC 30D) (en inglés)
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Formularios relacionados
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El crédito bajo la sección 30D(a), se reclama en el Formulario 8936, Qualified Plug-in Electric Drive Motor Vehicle Credit (PDF) (Crédito por vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica que califiquen (Incluye vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica de dos o tres ruedas, que califiquen), en inglés.
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El crédito bajo la sección 30D(g), se reclama en el Formulario 8834, Qualified Plug-in Electric and Electric Vehicle Credit (PDF) (Crédito por vehículos eléctricos y vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica que califiquen), en inglés.
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